Para resolver las disputas comerciales entre los Miembros, la OMC posee un sistema de solución de controversias, cuyas funciones le corresponden al Órgano de Solución de Diferencias (OSD), el cual se estableció en base al Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD), y al cual asisten el Órgano de Apelación (OA) y los Grupos Especiales (paneles de expertos).
La función que le compete al OA es valiosa, ya que es el encargado de examinar los aspectos jurídicos de los informes emitidos por los Grupos Especiales, generando así una segunda instancia en la etapa de la Solución de Controversias.
Desde diciembre de 2019, los Miembros de la OMC no han logrado alcanzar un acuerdo en la renovación de los miembros del OA, quedando de esta forma inoperativo debido a la falta de cumplimiento del requisito de número de miembros mínimos para su conformación.
El 30 de abril de 2020 y dada la contingencia que afecta al Órgano de Apelación, la delegación de Chile junto con las delegaciones de Australia, Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Hong Kong, China, Islandia, México, Noruega, Nueva Zelandia, Pakistán, Singapur, Suiza, Ucrania, Unión Europea y Uruguay, acordaron un Procedimiento Arbitral Multipartito de Apelación Provisional (MPIA) de conformidad con el artículo 25, del Entendimiento sobre Solución de Diferencias. Reino Unido y Vietnam se sumaron el 2025.
La finalidad de este acuerdo es preservar la posibilidad de una solución vinculante de las diferencias, a través de este procedimiento arbitral de apelación provisional, mientras el Órgano de Apelación no esté en condiciones de resolver las apelaciones que se sometan a su conocimiento.
Cabe destacar que dentro de la lista inicial de 10 árbitros que componen este procedimiento, se encuentra el Sr. Alejandro Jara Puga, abogado y ex diplomático chileno, cuya candidatura fue presentada por Chile.