La iniciativa, que se encuentra en su segundo trámite constitucional, será conocida por la Sala de la Cámara Alta.
Santiago, 30 de septiembre de 2025. La Comisión de Relaciones Exteriores del Senado despachó este martes el proyecto de acuerdo que aprueba la Convención de las Naciones Unidas sobre los acuerdos de transacción internacionales resultantes de la mediación. De este modo, la iniciativa llamada “comisión de Singapur”, que se encuentra en su segundo trámite constitucional, pasará a ser revisada por la Sala del Senado.
La entidad tiene como objetivo contribuir a que nuestro ordenamiento promueva la resolución pacífica de controversias comerciales, impactando positivamente en el desarrollo de nuestro comercio internacional.
La subsecretaria Sanhueza dijo que la llamada “Convención de Singapur” permitirá que los tribunales nacionales tengan jurisdicción para ejecutar un acuerdo de transacción internacional alcanzado a través de mediación sobre la parte que no ha cumplido, proporcionando certeza jurídica a las partes de una mediación, lo que incrementa los atributos de este mecanismo alternativo de resolución de controversias”.
Según explicó la subsecretaria Sanhueza -ante los senadores de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado-, “la aprobación y ratificación de este Tratado no implica ningún compromiso financiero adicional para Chile. Al contrario, al evitar procesos litigiosos que se ventilan ante los tribunales locales puede significar una disminución de gastos fiscales por cada juicio”.
La Convención de Singapur fue firmada por 58 Estados, entre ellos Australia, China, Estados Unidos, India, Japón, Reino Unido y Singapur. Tras su entrada en vigor en el año 2020, a la fecha ha sido ratificada por 19 Estados: Arabia Saudita, Bahréin, Belarús, Brasil, Costa Rica, Ecuador, Fiji, Georgia, Honduras, Israel, Japón, Kazajistán, Nigeria, Paraguay, Qatar, Singapur, Sri Lanka, Turquía y Uruguay.
Chile firmó la Convención el 7 de agosto de 2019 y, de ser aprobada por este Congreso, entrará en vigor en nuestro país seis meses después de la fecha del depósito del instrumento de ratificación correspondiente.
La aprobación de esta Convención contribuye a que nuestro ordenamiento promueva la resolución pacífica de controversias comerciales, impactando de forma positiva en el desarrollo de nuestro comercio internacional.
Comunicaciones SUBREI