La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es un organismo especializado perteneciente a las Naciones Unidas. Su misión desarrollar un sistema internacional de Propiedad Intelectual equilibrado y eficaz, que permita la innovación y la creatividad en beneficio de todas las personas.
La OMPI se creó el año 1967 y tiene su sede principal en Ginebra, Suiza. A la fecha cuenta con 193 Estados Miembros los que definen la orientación estratégica y actividades de la organización en las Asambleas Generales que tienen lugar una vez al año. Asimismo, los Miembros de la OMPI participan en reuniones de comités técnicos y grupos de trabajo en donde se abordan las distintas temáticas de la organización.
La OMPI actualmente administra 26 tratados de PI que forman el sistema multilateral de protección de los derechos de PI.
Los objetivos y lineamientos estratégicos de la OMPI evolucionan según las necesidades de los Estados Miembros. Estos son definidos por los países miembros tanto a través del trabajo de los Comités permanentes y, especialmente, a través del presupuesto que se aprueba cada dos años. Su objetivo principal es desarrollar un sistema de propiedad intelectual internacional que sea equilibrado, accesible y recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público.
Dentro de las funciones de OMPI podemos encontrar:
Su ámbito de actuación engloba tanto las cuestiones de propiedad intelectual; derechos de autor y sus derechos conexos, como las de propiedad industrial; entre las que se cuentan el derecho de marcas y otros signos distintivos y el derecho de patentes; así como los recursos genéticos los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales tradicionales; y la implementación de la agenda para el desarrollo.
La OMPI administra 26 tratados en que se establecen los derechos y obligaciones convenidos internacionalmente, y normas comunes para la protección de los derechos de propiedad intelectual.
Durante el año 2012 se aprobó el Tratado de Beijing por el cual se hace posible incorporar a los artistas intérpretes o ejecutantes de obras audiovisuales al sistema internacional de la propiedad intelectual, dando mayor firmeza a los derechos patrimoniales y morales de los artistas intérpretes o ejecutantes.
En línea con mantener un equilibrio con el interés público general, en el año 2013 se aprobó el Tratado de Marrakech que facilita el acceso de personas con discapacidad visual a información protegida por derechos de autor en formatos adaptados especialmente para sus necesidades.
En el año 2024, luego de intensas negociaciones, se adoptó el Tratado OMPI sobre la Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados, cuyo objetivo es resguardar la biodiversidad y conocimientos tradicionales al tiempo que fomentar la innovación.
La adhesión al PLT forma parte del compromiso de Chile por fortalecer su integración al sistema multilateral de propiedad intelectual, administrado por la OMPI, y por mantener un marco regulatorio alineado con estándares internacionales modernos.
Santiago, 09 de diciembre de 2025. La Sala del Senado aprobó este martes, por unanimidad (27 votos a favor, 0 en contra y sin abstenciones), el proyecto que aprueba el Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT), adoptado en Ginebra el 1 de junio de 2000. Con esta votación, el acuerdo concluyó su tramitación legislativa en el Congreso Nacional.
La adhesión al PLT forma parte del compromiso de Chile por fortalecer su integración al sistema multilateral de propiedad intelectual, administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), y por mantener un marco regulatorio alineado con estándares internacionales modernos.
El tratado no modifica las reglas sustantivas de patentabilidad, sino que introduce prácticas procedimentales armonizadas, facilitando la presentación de solicitudes, la corrección de errores y el cumplimiento de plazos. Estas medidas contribuyen a simplificar trámites, entregar mayor certeza jurídica a los usuarios del sistema y mejorar la coherencia con oficinas de patentes de otros países.
La implementación del PLT estará a cargo del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI), sin requerir modificaciones legales ni gastos fiscales adicionales.
Con esta aprobación, Chile se suma a más de 40 economías que ya han adoptado este instrumento, consolidando su posición como un país confiable, predecible y comprometido con la innovación, y dando un paso más en la modernización de su institucionalidad de propiedad intelectual.
Comunicaciones SUBREI
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