El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha participado en la OCDE mucho tiempo antes del ingreso del país como miembro pleno, esto, dado que Chile pertenecía al grupo "DNMEs" Dynamic Non Member Economies,” al que la OCDE invitaba para instancias específicas de trabajo.
Una vez que Chile ingresó a la OCDE, el SII ha tenido una participación activa por intermedio de sus delegados. La participación del SII en la OCDE se lleva a cabo en los siguientes comités y/o grupos de trabajo:
Asimismo, Chile es un activo miembro de la red JITSIC de la OCDE (Red de Trabajo Internacional Conjunta sobre Inteligencia Compartida y Colaboración), que reúne a las administraciones tributarias que se han comprometido con formas más eficientes y efectivas para abordar la elusión y evasión tributaria1.
Además, el SII participa activamente en varios Foros de la OCDE, como por ejemplo el Forum on Tax Administration donde el Director forma parte del Bureau liderando temas como la digitalización de las administraciones tributarias.
Para Chile, la membresía ha sido fundamental para impulsar la adopción de los estándares internacionales desarrollados por la OCDE, implementando tanto en su legislación nacional como en convenciones internacionales las principales iniciativas promovidas por la OCDE en materia tributaria y de transparencia de estos últimos años. En esta línea, destaca, entre otros, la suscripción de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria.2
Esto le ha permitido a Chile ser reconocido como un país que cumple con los estándares internacionales adoptados, junto con mantener su sistema tributario actualizado ante los desafíos y exigencias de la globalización y el incremento de las operaciones internacionales a nivel global.
Chile ha sido pionero en incorporar en sus nuevos Convenios para evitar la doble tributación disposiciones para impedir el uso abusivo de convenios (incluido el llamado “treaty shopping”). Nuestro país no tiene regímenes tributarios preferenciales nocivos (tipo “patent boxes”), ya que ha tomado las medidas necesarias para eliminar aquellos regímenes que se consideraron potencialmente riesgosos.3
Asimismo, nuestro país ha avanzado en la digitalización de la economía, al incorporar en su legislación la recomendación OCDE de establecer un régimen simplificado de registro y pago de IVA para los proveedores extranjeros de servicios digitales transfronterizos a personas naturales.4
Por otra parte, Chile ha participado activamente en los enormes progresos que ha promovido la OCDE para establecer normas elevadas de transparencia e intercambio de información para fines tributarios, a fin de mejorar la capacidad de las autoridades tributarias para disuadir, detectar y desbaratar la evasión y el fraude en materia tributaria, a través de la participación en el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Tributarios.5
Además, Chile ha sido calificado como “largely compliant” por la OCDE en la evaluación de la implementación de los estándares internacionales fijados en materia de intercambio de información.
1 https://www.oecd.org/tax/forum-on-tax-administration/jitsic/
2 El depósito del instrumento de ratificación se realizó en julio de 2016 ante la OCDE, promulgándose en noviembre de 2016 mediante Decreto Nº 104 del Ministerio de Relaciones Exteriores, disponible en el siguiente enlace: https://legislacion-oficial.vlex.cl/vid/decreto-num-104-publicado-652724961
3 En el marco de la lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios a nivel global (Plan de Acción BEPS de la OCDE y el G20), se estableció, el año 2016, el Marco Inclusivo de BEPS, comprendiendo cuatro estándares mínimos que debían implementarse por los países miembros y que han sido objeto de monitoreo y evaluación por parte de la OCDE. Mayor información disponible en: https://www.oecd.org/tax/beps/
4 Este régimen empezará a regir en nuestro país en junio de 2020.
5 El SII se incorpora al Foro de Administraciones Tributarias (FTA) en 2017, siendo también parte del Bureau. Cabe destacar que en marzo de 2019, Chile fue anfitrión de la 12º sesión plenaria del referido FTA; el communique del evento se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.oecd.org/tax/forum-on-tax-administration/events/forum-on-tax-administration-communique-2019.pdf
6 Zúñiga, Felipe: “Relación de la Administración Tributaria y los Contribuyentes,” Tesis para optar al grado de magíster en tributación, Facultad Economía y Negocios Universidad de Chile (2019), disponible en el siguiente enlace: http://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/176059/AFE - Parte II - Felipe Zúñiga.pdf?sequence=42
7 Texto de la ley disponible en el siguiente enlace:https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1067194
8 Navarro, María Pilar: “La sanción en los supuestos de abuso o simulación como un caso de compliance regulado en materia administrativa”; Revista de Derecho Valdivia, (2019), pg. 232-233.https://scielo.conicyt.cl/pdf/revider/v32n2/0718-0950-revider-32-02-231.pdf
9 En 2015, la OCDE emitió los reportes finales del Proyecto BEPS, con el objeto de acordar ciertos estándares mínimos a ser aplicados en materia de tributación internacional. En cumplimiento del estándar establecido en la acción 13 del proyecto BEPS se acordó por ciertos países, incluido Chile, implementar la obligación de informar anualmente a las Administraciones Tributarias, en base a un modelo estandarizado.
11 Resolución Exenta Nº 126 (2016), disponible en el siguiente enlace: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2016/reso126.pdf
12 Resolución exenta Nº 101 (2020), disponible en el siguiente enlace: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso101.pdf
13 https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2017/07/05/41800/01/1236117.pdf
14 En febrero de 2014, G20 aprobó el Estándar Común de Reporte (CRS) para el intercambio automático de información tributaria. Luego, en julio de 2014, el CRS fue incorporado en la Recomendación del Consejo de la OCDE “Recommendation of the Council on the Standard for Automatic Exchange of Financial Account Information in Tax Matters.” https://legalinstruments.oecd.org/en/instruments/OECD-LEGAL-0407. El CRS corresponde al nuevo estándar internacional diseñado por la OCDE para combatir la evasión y elusión tributaria a través del intercambio de información relevante de manera automática entre los distintos estados.
15 https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2018/reso48.pdf
16 Para mayor información sobre la implementación del estándar CRS en Chile, consultar en el siguiente enlace: https://www.sii.cl/asuntos_internacionales/estandarintercambio.html
17 Plan Estratégico 2019-2023: https://www.sii.cl/sobre_el_sii/pe_2019_2023.pdf