Postulación y elección de organizaciones para integrar los cupos vacantes del Consejo de la Sociedad Civil (COSOC)
Invitamos a las organizaciones sin fines de lucro, que se encuentren dentro de los cuatro (4) perfiles que se indican en la sección denominada “cupos y perfiles de las organizaciones postulantes”, a revisar las bases de la presente convocatoria y los aspectos fundamentales del proceso de elección para integrar el Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales (SUBREI).
Esta convocatoria se realiza conforme lo estipulado en el artículo 28 de la Resolución Exenta J-95 de 2025 sobre el funcionamiento y composición del COSOC institucional, en la que se indica que, ante la existencia de cupos disponibles para integrar el Consejo, la SUBREI realizará una convocatoria pública.
El Consejo de la Sociedad Civil de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales es un mecanismo de participación ciudadana de carácter consultivo (no vinculante), que relaciona a la Institución con representantes de la Sociedad Civil.
Su objetivo es expresar opiniones y plantear inquietudes para que sean tomadas en cuenta en el proceso de toma de decisiones en los asuntos de competencia de la SUBREI.
El Consejo cuenta con representantes de organizaciones sin fines de lucro de la Sociedad Civil y con interlocutores conformados por funcionarios de la Institución, quienes tendrán la función de responder o canalizar las inquietudes sobre los temas tratados en cada sesión y que sean de competencia institucional.
Se conformó el 17 de junio de 2020 con un total de veinte (20) organizaciones. Actualmente cuenta con un total de veintisiete (27), existiendo para la presente convocatoria seis (6) cupos adicionales hasta completar los treinta y tres (33) establecidos por el reglamento que regula la composición y funcionamiento del Consejo.
Las organizaciones que actualmente componen el Consejo se encuentran disponibles en el sitio web de Transparencia Activa institucional.
Para el presente llamado, existen seis (6) cupos disponibles, los cuales podrán ser ocupados por organizaciones sin fines de lucro que tengan relación con las temáticas de competencia de la SUBREI y que representen alguno de los siguientes perfiles:
En cada perfil se agruparán a las organizaciones que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
a) Poseer personalidad jurídica vigente en Chile, para lo cual deberá presentar un certificado de vigencia emitido por el organismo competente, y cuya fecha de emisión no podrá exceder los treinta (30) días corridos contados desde la fecha de la convocatoria.
b) Presentar certificado de directorio de persona jurídica sin fines de lucro emitido por el organismo competente, y cuya fecha de emisión no podrá exceder los treinta (30) días corridos contados desde la fecha de la convocatoria.
c) Presentar documento que acredite el nombre del(de la) representante legal de la organización, quien será la persona que deberá presentar la postulación en su nombre.
d) Tener relación con las temáticas de competencia institucional. Para ello deberá presentar un documento que explique la forma en que la organización postulante se vincula o pudiera vincularse con el quehacer de la Institución.
e) Presentar una copia simple de los estatutos de la organización.
f) En aras de una integración paritaria del Consejo y fomentando una participación equilibrada entre sus integrantes, debe designar a dos (2) personas que formen parte de la organización que tengan géneros distintos, debiendo especificar en la postulación, sus géneros y el cargo que tendrá cada una en su representación, ya sea en calidad de titular o suplente. En caso de no designar a un(a) representante suplente que cumpla con los requisitos de paridad según lo antes estipulado, se entenderá que la organización ha designado solamente a un(a) representante en calidad de titular.
g) Las personas designadas no podrán ser funcionarios(as) públicos (as), salvo en el caso de tratarse de representantes de universidades estatales y, en caso alguno, ostentar un cargo de elección popular.
h) Presentar la información y documentos a través del canal establecido por la Institución, dentro del plazo estipulado.
Excepcionalmente, aquellas organizaciones respecto de las cuales no exista el documento señalado en el literal b ), deberán presentar los antecedentes que su propia normativa les exija para su funcionamiento regular y ordinario, acompañando, además, un documento que explique la normativa en cuestión.
El(La) representante legal de la organización sin fines de lucro interesadas en participar de este proceso deberá presentar la postulación a través del formulario electrónico de postulación.
La Institución conformará una Comisión de Selección para efectos de acreditar el cumplimiento de admisibilidad, conforme a los antecedentes presentados por las organizaciones, la cual estará integrada al menos por:
La Comisión revisará los antecedentes que cada organización presente, dentro del plazo que la Institución comunique en la convocatoria, y levantará un acta de revisión de antecedentes en la cual conste, al menos, la siguiente información:
Durante la etapa de evaluación, quienes integren la Comisión no podrán tener contacto con las organizaciones postulantes, salvo que en forma excepcional:
Efectuada la propuesta de la Comisión de Selección, corresponderá a el(la) Subsecretario(a) elegir las organizaciones que deberían incorporarse el Consejo de la Sociedad Civil de la Institución, considerando la trayectoria de dichas organizaciones, la mayor cobertura y aquellos perfiles subrepresentados.
Los resultados obtenidos serán publicados en el sitio web institucional y también serán notificadas todas las organizaciones postulantes, a través del medio que registren en la postulación, dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles, una vez dictado el acto administrativo que nombra a las organizaciones que conformarán el Consejo. Para estos efectos, el(la) Secretario(a) Ejecutivo(a) suscribirá la respectiva carta que comunique tales resultados.
Los resultados obtenidos serán publicados en el sitio web institucional y también serán notificadas todas las organizaciones participantes, dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles una vez dictado el acto administrativo que nombra a las organizaciones que conformarán el Consejo.
Utilizamos cookies en nuestro sitio web para mejorar la experiencia del usuario a través de su navegación. Más información